5.1 La regulación a través de la retribución
5.1.1 Reestablecer el orden perdido
5.1.1.1 Eriselda y Hugo
Ella es muy tímida y la situación de su hermano preso le provoca mucha vergüenza. De hecho, sólo una de sus compañeras de trabajo sabía que su hermano estaba detenido y fue en casa de esta mujer que pudimos reunirnos ya que en su casa no hubiera sido posible porque a su marido parecía molestarle todo lo relacionado con la causa y el encarcelamiento de Hugo, su hermano.
Eriselda: yo no le cuento nada a nadie, ni a mi vecino ni a nadie pero no duermo a la noche y ni siquiera puedo ir a la escuela [donde trabaja] pensando en mi hermano, en cómo estará, pienso en mi mamá…porque a pesar de todo yo tengo sentimientos y es mi hermano, al margen de lo que haya hecho…mi sobrino también parece que anda en eso…
Vanina: también detuvieron a tu sobrino?
Eriselda: mirá, no se, pero también se escucha el comentario por parte de la familia de él que ya no lo quieren tener mas ahí porque no quieren tener problemas…
Vanina: y cuántos años tiene tu sobrino?
102 Para una completa referencia a la tesis de Pires acerca de la racionalidad penal moderna, ver capítulo 1 sobre el Estado del Arte.
Eriselda: 15, 16 años pero son tres varones. Y yo le he querido contar a mi marido pero no se puede. Por eso tengo problemas con mi marido ahora…yo ahora con mi matrimonio todo mal, todo mal [se angustia] porque estoy así, aparte estoy con ese miedo, estoy como asustada de todo…estoy como a la defensiva, como que alguien me va a decir algo por esto de mi hermano, viste?, no se, tendría que ir a un psicólogo, no se…Por ejemplo, me llama mi hermana para hablar por mi hermano preso y estamos un rato hablando y mi marido me dice “tanto vas a hablar con tu familia?! Hacéla corta!”, o sea, el no me apoya en ese sentido.
El no se mete pero yo no tengo el apoyo de que me diga “bueno, qué se le va a hacer Eriselda” [adopta el tono de quién consuela a otro], en lugar de arreglarlo, lo desacomoda…
En el marco de una larga relación de violencia y sometimiento, el hermano de Eriselda había maltratado a sus hijos, durante la infancia y la adolescencia de ellos y a su esposa a quien golpeaba sistemáticamente y a la que, meses antes de morir, no le había creído que estaba muy enferma por lo que “la había mandado a trabajar”, como señala Eriselda inmediatamente después de su regreso de una operación que le habían practicado en Santa Fe. A esta situación se le sumaba el hecho de haberse apropiado irregularmente de las tierras que sus padres habían heredado a todos los hermanos y con las que solo había contraído nuevas deudas.
Eriselda se agitaba hablando de la vida de su hermano e insistía en la sucesión de acciones moralmente condenables que él había realizado: el maltrato y los golpes a su esposa e hijos, el hecho de no haberse ocupado de ellos, luego no escuchar a sus hermanos cuando éstos le reclamaban sus tierras, las apuestas en las que perdía todo, las borracheras de los fines de semana, la indiferencia frente a la enfermedad de su esposa, la falta de consideración por la salud resquebrajada de su madre que padecía por la inconducta de su hijo mayor. Eriselda presentaba en toda su amplitud la descripción de una persona esencialmente cruel y malvada, acostumbrada a causar el
“mal” a sus propios parientes para obtener beneficios, en la mayor parte de los casos, quasi insignificantes lo que ponía de manifiesto la esencia cruel y la insensibilidad de Hugo.
Eriselda [sonriendo avergonzada]: si, por eso es que yo, es la primera vez que yo cuento esto, porque…yo no soy de contar las historias de mi casa, porque el fue muy malo con mi mamá también, si, muy malo. El fue muy malo, con mi mamá, con mi papá se pegaban [llora], si, se agarraban los dos, teníamos que salir corriendo nosotros, ir a la casa de los vecinos porque se agarraban ellos y mi mamá salía corriendo, otra vez con nosotros, nos dejaba un poco por acá, otro poco por allá [llora], porque a mi hermana le pegaba mi papá y
mi hermano le pegaba a él…Si, por eso, me duele que él esté ahí en la cárcel pero también el se la buscó porque siempre fue muy malo con nosotros…Porque el como hijo, con mi mamá, él se gastó todas las vacas de mi mamá, la dejó a mi mamá en la ruina, porque mi mamá cuando nos vinimos para acá [a Santa Fe] le dijo “tomá hijo, encargáte vos de esto”. “Si, si”
dijo el y después que una se le murió porque comió la comida fea, otra por la sequía, otra se murió porque se secó el rio, otra se ahogó…todos los meses se murieron hasta que después se terminaron las vacas […] y ahí viene la pica porque él nunca quiso dárnosla a nosotros…a nosotros nada porque como éramos chicos y no sabíamos lo que eran esas cosas […]
entonces el empezó a vender, a vender y decía “yo no les voy a dar nada a ustedes, nada de nada”. Nosotros antes, cuando vivíamos allá, el nos hacía mala cara, mi mamá se quedaba sin saber qué decir. Ahora nos llama porque ahora él está arrepentido, arrepentido de todo, de todo, de nosotros, el cambió, yo no se si para bien o para mal, él ahora nos llama, está todo el tiempo preguntando por mi hermano el camionero que no le habla ni quiere saber nada con el.
Vanina: y tu hermana, qué dice?
Eriselda: ella va a verlo, si. Dice que el ahora se hizo evangelista, dice que el le muestra la Biblia y le dice “yo voy a seguir lo que dice acá, yo voy a ser una buena persona, yo se que me he comportado mal, dice, pero hay otros peores que yo, que matan, que violan y yo lo único que hice fue carnear vaca ajena pero no maté ni violé…por qué me dan a mi tantos años de prisión?”
En el esquema familiar de Hugo, entonces, aún cuando dos de sus hermanas decidan visitarlo, existe la creencia difundida de que la pena estaría reestableciendo la justicia frente al sufrimiento que él había causado a su esposa, a sus hijos, a sus padres y a sus hermanos. No se trata de un sufrimiento familiar asociado a la comisión de delitos por parte de Hugo sino a una suerte de maldad insita en su forma de relacionarse con sus familiares. Esta forma de interpretar la conducta previa de Hugo, que se traducirá en un “abandono” por parte de los familiares que deciden no visitarlo ni pagarle un abogado, responde a una esencialización que va mas allá del delito que Hugo puede o no haber cometido, para considerar que éste ha sido una expresión mas del “mal” que causaba a todos sus familiares y que resultará corregido o vengado por la pena que como retribución re-equilibradora no es un “mal” sino precisamente su opuesto.
Vimos en el capítulo anterior cómo muchos familiares rechazan la caracterización que el sistema penal hace de las personas detenidas no admitiendo el surplus de definición propio del sistema
penal. Por esta razón, los hijos, hijas, hermanos, padres, madres y sobrinos detenidos siguen siendo para los familiares que han participado de esta investigación, las mismas personas que eran antes de la condena, sin que los rótulos que emanan del tipo penal por el que fueron condenados, sean aceptados103 por sus familiares. Aún cuando pueda parecer contradictorio, el caso de Hugo no representa una excepción a esta actitud definida de los familiares de las personas detenidas. El sistema penal le atribuía a Hugo un delito que sus familiares no cuestionaban –dato que no resulta relevante en la consideración de la actitud que los familiares adoptan en relación a la desviación putativa (Lemert, 1967) o surplus de definición (Pires 1981)–, de hecho muchos de sus hermanos habían crecido viendo como su hermano lo cometía logrando eludir la persecución penal. La condena moral adicional que le atribuyen no se desprende del tipo penal ni de la sentencia judicial sino de la trayectoria de vida o el comportamiento de Hugo en relación con sus familiares más cercanos. Por esta razón, allí donde a primera vista parece presentarse una excepción, no hay más que una confirmación del escaso peso que la declaración penal tiene en la consideración que los familiares hacen del detenido luego de la condena.
Incluso después de una actitud fundamentalmente pasiva por la cual los familiares no han actuado para disputarle a Hugo aquello que consideraban suyo (las tierras o las vacas que sus padres dejaron en herencia) o reclamarle un mejor trato en relación con su esposa e hijos, conciben la intervención estatal desde un punto de vista trascendente, como si el delito perseguido penalmente fuera solo la
“excusa legal” para condenar una acción deliberadamente “malvada” de él sobre su familia.
Los comentarios de Eriselda respecto a cómo ella y sus otros familiares conciben la intervención penal respecto de su hermano, ponen de manifiesto cómo esta familia parece haber depositado en el sistema penal la tarea de reequilibrar una suerte de orden que fue alterado por el comportamiento nocivo y esencialmente malvado de Hugo a lo largo de su vida. Estas consideraciones revelan el vínculo aún poderoso entre el derecho penal y la perspectiva religiosa, al menos en lo que ésta tiene de antecedente privilegiado de la noción retribucionista en materia penal (Pires, 2008: 190).